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La Importancia de Validar los Comprobantes Fiscales Digitales

El pasado 21 de octubre impartí la conferencia “La Importancia de Validar los Comprobantes Fiscales Digitales” en el Congreso del AMECE GS-1 México 2009. Como prometí a quienes lo solicitaron en la conferencia, aqui está la presentación para su descarga.

Amece 2009 - La Importancia de Validar los CFD

Amece 2009 – La Importancia de Validar los CFD

Muchas gracias a todos quienes asistieron a la conferencia, espero que la información que presenté haya sido de utilidad. Si tienen dudas o comentarios pueden dejarlos aquí mismo.

Cambios en el CFF aprobados dentro del paquete económico 2010

paquete_economico_2010

Durante el fin de semana leí que el pasado miércoles por la noche la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó sin problemas gran parte del dictamen que modifica el CFF incluido en el paquete económico 2010.

Los cambios que sí se aprobaron son:

  • El SAT proveerá de aplicaciones gratuitas para generar CFDs
  • El SAT validará, asignará folio y firmará los CFDs
  • Los comprobantes en papel estarán reforzados por un timbre
  • Se equipara como delito de defraudación fiscal la falsificación y el dar efectos fiscales a comprobantes apócrifos.
  • El estado de cuenta bancario como comprobante fiscal

En la nota que leí no se habla nada del límite de 2,000 pesos para los comprobantes en papel, seguirpe buscando otras notas a ver si alguien está hablando al respecto.

Hoy 20 de octubre es el día límite para que la Cámara de Diputados apruebe la Ley de Ingresos 2010, y el Senado tiene como fecha límite el próximo 31, así que estaremos pendientes de lo que se publique en el DOF.

Via: CNN Expansión

Propuestas del Paquete Económico 2010

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Ya hace un par de semanas se entregó el paquete económico 2010, siendo los puntos más sonados: el impuesto del 2% al consumo, el aumento del ISR, el nuevo impuesto a la telefonía y el incremento de impuestos al tabaco, al alcohol y a los depósitos en efectivo.

Sin embargo, ahora que me decidí echarle un vistazo, creo que vale la pena mencionar algunos puntos propuestos que me llamaron la atención en materia de Comprobantes Fiscales Digitales (CFDs):

  • El SAT proveerá de aplicaciones gratuitas para generar CFDs (pág. 51)
  • Los comprobantes fiscales en papel únicamente se podrán emitir por montos menores a 2,000 pesos (pag. 52)
  • Se propone incorporar beneficios adicionales a quienes emitan CFD (pág. 54)
    • Devoluciones en un plazo de 20 días hábiles en lugar de 40.
    • Eliminación de la obligación de presentar la DIOT
    • Para contribuyentes obligados a dictaminar, la eliminación de la obligación de presentar su declaración anual.
  • Equiparar al delito de defraudación fiscal lo siguiente (pág. 55):
    • La falsificación y reproducción de comprobantes
    • La comercialización de dichas falsificaciones o reproducciones
    • Dar efectos fiscales a comprobantes apócrifos.
  • Todos los comprobantes deben ser enviados al SAT antes de su expedición para que éste le asigne folio y lo firme digitalmente (pág. 135)

Confieso que aún no lo he leído la propuesta completa, pero con estos puntos tengo para cuestionarme seriamente si los señores de la Secretaría de Hacienda que elaboraron esta propuesta no lo hicieron un poco a la carrera.

Mis reflexiones son:

  • No quiero ser pesimista ni negativo, pero veo bastante difícil que el SAT por sus propios medios pueda soportar que TODOS los contribuyentes de México que emitan comprobantes fiscales con montos superiores a los 2,000 pesos, tengan que ir a sus aplicaciones a solicitar folio y sello digital antes de expedir la factura. ¿O acaso hay algo que no entendí bien?
  • Si TODOS los contribuyentes que emiten comprobantes de más de 2,000 pesos tendrán que emitirlos en modalidad de CFD… eso hará que prácticamente cualquier empresa tenga que migrarse a ese esquema ¿entonces por qué ofrecer los llamados beneficios adicionales?
  • Creo que el monto de 2,000 pesos esta demasiado bajo. Tal vez un monto mejor serían 20,000 o 30,000 pesos. La verdad no me imagino ninguna empresa que siempre facture menos de 2,000 pesos.
  • Aún mejor, creo que sería bueno agarrar la estrategia brasileña e ir subiendo al CFD a sectores específicos poco a poco. De esta forma incluso se puede “pilotear” con un conjunto de contribuyentes muy específico.
  • Se acabó el negocio en Santo Domingo.

Pueden descargar los PDFs de la propuesta del paquete económico 2010 desde la página de la cámara de diputados. Los puntos que menciono en este post se encuentran en el PDF que dice “Iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga divesas disposiciones fiscales”

Espero sus comentarios y/o correcciones si en algo estoy equivocado.

Estadísticas de Factura Electrónica en México (actualizadas al 03/08/2009)

De acuerdo con estadísticas publicadas por el SAT, del 5 de enero de 2005 al 3 de agosto de 2009 se han emitido 185,299,304 Comprobantes Fiscales Digitales en todo México por unos 22,181 contribuyentes, de los cuales 14,870 son Personas Físicas y 7,311 son Personas Morales.

Contribuyentes CFD al 3/Ago/2009

Contribuyentes CFD al 3/Ago/2009

Si comparamos estas cifras con las que publiqué hace poco más de un año, observamos algunas cosas:

  • El número de contribuyentes en la modadlidad de CFD creció un 66%
    • 57% las personas físicas
    • 89% las personas morales
  • El número de CFD emitidos creció un 492%

Creo que haber obligado a los autoimpresores si rindió frutos para el SAT.

Actualización al Anexo 20 de la RMF para 2009

cfdv2El pasado 2 de Julio se publicó en la página del SAT una actualización al Anexo 20 de la RMF, la referencia obligada para todos quienes implantamos Factura Electrónica.

En la página del SAT dice textualmente que incluye los siguientes cambios:

  • Permite el manejo de hasta 6 posiciones decimales en los importes (antes eran 2)
  • Aclara la integración de la información aduanera dentro de la cadena original.

También dice que en esta revisión “no se afecta la estructura del CFD actual”, que dicho de otra forma es que esta revisión en compatible con el CFD anterior.

Esta revisión beneficiará de forma inmediata a todas aquellas empresas que necesitaban mayor precisión en sus importes, sobre todo cuando el precio unitario de sus productos tenía más de 2 decimales.

Ahora falta que incluyan la moneda y el tipo de cambio.

¿Habrá prorroga para los autoimpresores?

El 30 de Abril de 2009 será la fecha límite

El 30 de Abril de 2009 será la fecha límite

El jueves 30 de Abril de 2009 miércoles 29 de abril de 2009, será el último día de vigencia de la Resolución Miscelánea Fiscal 2008. Esto significa que a partir del viernes 1 de mayo de 2009 jueves 30 de abril de 2009 únicamente existirán dos tipos de comprobantes fiscales: los impresos en talleres autorizados y los digitales, quedando derogados los comprobantes fiscales impresos por el propio contribuyente.

Ahora, la pregunta de los 64 millones es: ¿habrá prorroga para los cientos de autoimpresores que seguramente aún no se encuentran listos?

De acuerdo con el FAQ para Autoimpresores del AMECE, NO habrá prórroga y la fecha límite es el 30 de abril.

De la página del SAT, por lo menos yo no he podido encontrar nada.

La situación es delicada, ya que si bien es cierto que la regla II.2.4.6 está derogada desde el 27 de junio de 2008, dando aproximadamente 10 meses para hacer algo al respecto, también es cierto que los últimos meses no han sido precisamente los más adecuados para invertir en nuevas tecnologías.

Personalmente yo creo que SI habrá prórroga, aunque es únicamente un feeling, y desafortunadamente no está basado en nada sólido. Mi opinión no es por que justifique a los autoimpresores de no haber hecho nada en 10 meses, pero creo que nuestra Secretaría de Hacienda no va a aceptar el costo político de ponerse inflexible en tiempos de crisis.

En poco más de una semana sabremos la respuesta, y tu, ¿Que opinas?

En esta página del SAT se pueden consultar los autoimpresores por estado.

Actualización:

FIEL, la clave privada que no es privada

Ayer, mientras entregaba unos reportes mensuales,  hice una reflexión sobre la Fiel (Firma Electrónica Avanzada). Como bien sabemos, en términos informáticos la Fiel no es otra cosa que un par de llaves bajo estándares internacionales de infraestructura de claves públicas (o PKI por sus siglas en inglés: Public Key Infrastructure).  De acuerdo con lo que publica el SAT en su página web, la fiel se compone de…

  • La “llave o clave privada” que únicamente es conocida por el titular de la Fiel, que sirve para cifrar datos; y
  • La “llave o clave pública”, disponible en Internet para consulta de todos los usuarios de servicios electrónicos, con la que se descifran datos. En términos computacionales es imposible descifrar un mensaje utilizando una llave que no corresponda.

Entonces… si bien la clave privada no la debiera conocer nadie mas que el titular de la Fiel (representante legal), entonces, ¿por que en los servicios de Internet del SAT la solicitan?  Por ejemplo el SICOFI en el inicio de sesión.

SICOFI Solicita la clave privada

SICOFI Solicita la clave privada en el Login

Y el mismo SOCOFI al momento de firmar los reportes mensuales en línea.

SICOFI solicita Fiel para firmar online

SICOFI solicita Fiel para firmar online

¿No sería mejor que el firmado se realizara local para así no tener que transmitir mi Fiel sobre Internet? en el SAT ya ocupan ese enfoque con la herramienta SOLCEDI. Si de cualquier forma mi Fiel va a viajar por Internet, entonces para que tomarse la molestia de generarla localmente.

Y el inicio de sesión se me ocurren muchos esquemas que no involucrarían la Fiel, ellos mismos ocupan la CIEC y si eso no les es suficiente, entonces están los esquemas por Token como ya lo usan prácticamente todos los bancos en México.

¿Que opinan ustedes de que su Fiel viaje sobre Internet? Sus comentarios son recibidos

Revisión de Soluciones para Factura Electrónica v3 del AMECE

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Acabo de leer en el blog de factura electrónica del AMECE, un post en el cual anuncian que ya liberaron la versión 3 de su Revisión de Soluciones para Factura Electrónica. Actualmente la versión “productiva” es la versión 2, y eso quiere decir que todas las soluciones que ya se habían revisado en versión 2, ahora lo tendrán que hacer para la versión 3.

De acuerdo con información del blog, textualmente dice

…Las principales diferencias con la versión anterior, es que ya no es una exigencia el cumplimiento de la addenda. Con este cambio, únicamente los que están enfocados al sector detallista deberán cumplir con dichas características o con el complemento correspondiente.

Como ya habiamos mencionado aquí… al parecer la Addenda Homologada y Complemento del SAT para el sector detallista, efectivamente serán “intercambiables”.

AMECE invita a todos los proveedores de soluciones a que se comuniquen con ellos para obtener más información.

[via blog.tufactura.me]

CFD para casas de empeño

La verdad, no se mucho sobre casas de empeño. Pero haciendo mi rutinaria lectura sobre noticias sobre los CFD, veo que en el DOF del 31-Ene-2009 dice textualmente:

Casa EmpeñoEmisión de comprobantes fiscales digitales por casas de empeño

I.2.15.4. Para los efectos del artículo 29, fracción IV del CFF, tratándose de contratos de mutuo con garantía prendaria, en donde se realice la enajenación de bienes muebles pignorados por personas físicas en casas de empeño constituidas como personas morales, que por cuenta de dichas personas físicas realicen las casas de empeño, el comprobante que ampare el excedente o demasía que se entregue efectivamente al pignorante resultante de la enajenación de la prenda pignorada, podrá ser emitido bajo la modalidad de comprobante fiscal digital a que se refiere la regla I.2.22.5.

La verdad no entiendo muy bien por que antes no se podían emitir CFDs en las casas de empeño, o tal vez algo me falta de contexto… pero en fin, la información se las paso como la encontré. Si alguien entiende más de esto que yo, es bienvenido a aportar en los comentarios.

El SAT libera un complemento comercial para los CFDs utilizados en el sector detallista

cfdv2Mediante el boletín del AMECE me enteré que el 19 de diciembre de 2008, el SAT liberó un complemento para esquema de comprobación especial para el sector detallista y/o retail el cual servirá como estándar para especificar información adicional al CFD, como por ejemplo los datos de la órden de compra, la dirección de embarque, el código GLN del vendedor y comprador, tipo de divisa, etc; Si se ve a detalle la documentación, se podrán dar cuenta que este complemento es un extracto modificado de la Addenda Homologada.

Finalmente, hace falta enfatizar que a diferencia de otros nodos complemento liberados anteriormente, este nodo complemento es opcional. Ahora nos falta ver cómo evolucionan este complemento y la Addenda Homologada y si alguno de los dos reemplaza al otro.

Para más información puede consultar las siguientes páginas:

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